28 de octubre de 2026
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Diputados aprobó un nuevo régimen de discapacidad

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MARIANO ROVATTI28 de octubre de 2026
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Diputados aprobó un nuevo régimen de discapacidad

La Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción a un proyecto de ley con un respaldo de 237 votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones. La decisión representa una victoria política para las organizaciones del colectivo, ya que se logró superar la mayoría especial de dos tercios.

Con un inusual consenso transversal, se aprobó la creación de un régimen permanente para el sistema de discapacidad en la Argentina. La votación reflejó el acuerdo entre los bloques opositores y el oficialismo, que aceptó eliminar del debate los recortes presupuestarios que se habían previsto originalmente. 

El texto consensuado blinda los derechos adquiridos en la legislación histórica y establece un marco normativo definitivo para la financiación y prestación de servicios, garantizando previsibilidad a los beneficiarios y prestadores del sector.


Hasta este debate, el sector operaba bajo una prórroga de la Ley de Emergencia dictada para contener retrasos en los pagos, congelamientos arancelarios e incertidumbre en las prestaciones. Las principales diferencias entre ambas figuras normativas son:


Permanencia de derechos vs. temporalidad excepcional:

Prórroga de emergencia: mecanismo transitorio que requería renovaciones periódicas para sostener partidas extraordinarias de fondos o postergar vencimientos de deudas.

Nuevo Régimen: es de carácter definitivo. Institucionaliza la validez del Certificado Único de Discapacidad (CUD), el nomenclador universal de prestaciones y el arancel unificado.

Garantía presupuestaria e incompatibilidades:

En el marco de la emergencia, las deudas acumuladas con prestadores y centros asistenciales solían quedar en suspenso. El nuevo texto exige al Poder Ejecutivo publicar un cronograma de pagos dentro de los 30 días de sancionada la ley y cancelar los pasivos pendientes en un plazo de 90 días.

Se ratifica la compatibilidad entre las Pensiones No Contributivas (PNC) y el empleo registrado (para ingresos de hasta dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles), evitando la caducidad del beneficio social por la inclusión laboral.

Garantía de cobertura en salud:

Asegura la continuidad de las Pensiones No Contributivas actualizadas por movilidad previsional y consolida la cobertura médica obligatoria mediante el programa Incluir Salud y partidas específicas del Ministerio de Salud.

 

El proyecto aprobado ha sido girado al Senado de la Nación, para su tratamiento y sanción.  Se considera que al haber obtenido una votación superior a los dos tercios en Diputados, se reduce la posibilidad de que se introduzcan modificaciones de fondo en el Senado o de un eventual veto por parte del Poder Ejecutivo. Se prevé su debate en comisiones del Senado antes de pasar al recinto para su sanción definitiva.

 

El autor es titular de POSSUMUS - estudio jurídico especializado en discapacidad . Para más información entrar acá: 

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